DISPOSITIVA
A consecuencia de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución número 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, acuerda:
PRIMERO: Por cuanto consta en autos que el penado NELSON JOSÉ MEZA RANGEL, ya identificado, cometió y fue condenado por esa comisión, el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la novísima Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas mientras purgaba condena impuesta anteriormente por la comisión de otros delitos, bajo la fórmula de Destacamento de Trabajo, SE REVOCA LA MEDIDA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO DE LA QUE GOZABA, ello conforme a lo previsto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal;
SEGUNDO: Se acumulan todas las penas que le fueron impuestas al penado con ocasión de la comisión de los delitos indicados.....