DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA POR EL TRABAJO AL PENADO MADIXON ALEXANDER FRANCO FLORES, venezolano, titular de cédula de identidad N° 16.881.280, de 24 años de edad, domiciliado en el Barrio Simón Bolívar, vía la Floresta, Valera, Estado Trujillo, conforme al artículo 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en un tiempo de DOS (02) MESES Y VEINTISEIS (26) DÍAS. Regístrese, y notifíquese la presente decisión.
La Juez de Ejecución N° 02
El Secretario administrativo
Abg. Lexi Matheus
Abg. Diana Faria