TRIBUNAL DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: La Remisión de las causas acumuladas TP01-D-2008-99 Y TP01-D-2008-399, seguidas al joven , venezolano, de años de edad, natural de Valera, estado Trujillo, nacido el: , soltero, cedula de identidad Nº , hijo de y , domiciliado en:, estado Trujillo y en consecuencia terminados los procedimientos que en las mismas se seguían, todo ello de conformidad con lo establecido en el literal "d" del artículo 569 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Se ordena notificar a la Representante de la Procuraduría General del estado Trujillo. Déjese constancia de la presente Resolución.-
El Juez de Control
Abg. Jesús Amado Rivero Álvarez La Secretaria
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