Se decretó SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la presente causa seguida a los adolescentes asistidos por la Defensora Publica Penal No. 17 Abg. Emma Perdomo, con domicilio procesal en El Palacio de Justicia, Sector San Jacinto, Trujillo, Estado Trujillo; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo previsto en los artículos 319, 323 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por remisión del artículo 537 Ibidem.