Por las razones de hecho y derecho expuestas a lo largo de esta audiencia, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal en función de Ejecución, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión de la medida, declara Primero: Procedente la sustitución de la medida de privación de libertad del joven ____por la medida simultanea de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta supervisada por el Equipo Multidisciplinario adscrito a la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente consistentes en: 1.- Mantenerse trabajando y/o estudiando. 2.- No acercarse a las víctimas.- 3.- Presentación periódica ante el Tribunal ____ 4.- Obligación de recibir Charlas de orientación a la que esta referida la Libertad Asistida. Segundo: La Improcedencia de la sustitución de la Privación de Libertad impuesta como sanción al joven_.....