Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, muy especialmente por ministerio del artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, ordena proceder en el presente Procedimiento como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y condena al demandado CORTEZ DURÁN CARLOS JAVIER, para que proceda a pagar al abogado JESÚS ARAUJO ABREÚ, actuando como endosataria en procuración del ciudadano JOSÉ GABRIEL MALDONADO, las siguientes cantidades: