PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de arrendamiento Verbal, desocupación y entrega de inmueble propuso la ciudadana: SARA GARCIA, identificada en autos, en su condición de Propietaria y arrendadora; contra el ciudadano ADRIANO MARQUEZ, identificado en autos, en su condición de arrendatario de un inmueble que ocupa, ubicado en la Quinta Transversal, Nº 42, del sector El Limón de Campo Alegre, Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo; todo de conformidad con los artículos 1.579, 1594 y 1.264 todos del Código Civil en concordancia con el articulo 254 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia Resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre la ciudadana Sara García y Adriano Márquez, en fecha 12 de mayo de 2005, ante la Notaría Segunda de Valera del Estado Trujillo, bajo el Nro inserta bajo el Nº 28, tomo 42.
SEGUNDO: Se ordena que la parte demandada, ciudadano ADRIANO MARQUEZ, haga entrega a la parte demandante, SARA GARCIA, el inmueble .....