PRIMERO: LA REPOSICION DE LA PRESENTE CAUSA, al estado de evacuar nuevamente las testimoniales promovidas por la parte demandante, cuyo acto será realizado al tercer día de despacho, a las 8:30 a.m. y 9:30 a.m., siguientes a que quede firme la presente decisión, para oír las testimoniales de los ciudadanos LEIDA MARINA BUSTOS PAREDES y RAMÓN ENRIQUE GRATEROL PÉREZ, y de esta manera el defensor judicial designado a la parte demandada, ejerza el derecho al contradictorio en la referida evacuación