Primero: LA INCOMPETENCIA POR LA CUANTÍA, de conformidad a lo dispuesto en Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de marzo de 2009, de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.152, del jueves 02 de abril de 2009, que estableció la competencia de las demandas por su cuantía.