Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por MARIA TERESA VALERA GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.354.007 contra AWWAD KASHKUSH YUSSEF ABED SHEHADEH venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.148.869 por Resolución de Contrato de arrendamiento a tiempo determinado. En consecuencia, RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PRIVADO celebrado por las partes en fecha 06 de febrero de 2003, que por prorrogas sucesivas tenia vigencia hasta el 01 de enero de 2008.