este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, AGRARIO, DEL TRÁNSITO y MANUTENCIÓN ALIMENTARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana MARIA COROMOTO LACRUZ SALAS, titular de la cédula de identidad Nº 4.826.314, y en consecuencia, se ordena la corrección de su Acta de Nacimiento, asentada por ante la entonces Prefectura del Municipio Libertad, Distrito Betijoque del Estado Trujillo, bajo el No. 2 del Año 1958, en el sentido que el apellido paterno de la Titular de dicha Acta de Nacimiento es "LA CRUZ", y no "LACRUZ", como erróneamente se señaló en la referida acta, siendo sus nombres y apellidos correctos "MARIA COROMOTO LA CRUZ SALAS", se acuerda oficiar al Registro Civil Municipal de la Alcaldía del Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo .....