se niega el Título Supletorio solicitada por el Ciudadano SANTIAGO ESTEBAN LUGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 7.002.901, asistido por el Abogado Jorge Eliécer Escalante, Inpreabogado Nº 124.478, para que se le provea de Título de Propiedad Suficiente sobre un Vehículo, que tiene las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-10, AÑO: 1.977, COLOR: GRIS Y VERDE, CLASE: CAMIONETE, MODELO: PICK UP, USO: CARGA, SERIAL DE CARROCERÍA: CCY14GV201355, SERIAL MOTOR: 171157040-K1216CRB, CARGA: 750 KGMS, NUMERO DE PUESTOS: 03, NUMERO DE EJES: 02; en razón que todo lo referente a la fabricación, construcción, incorporación y desincorporación de Vehículos Automotores, corresponde a la Administración Pública Nacional por órgano del Ministerio de Infraestructura, concretamente al Registro Nacional de Vehículo y Conductores, que en todo caso de modificaciones Vehiculares como la que se solicita, compete según el Artículo 34 del D.....