D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud formulada por los ciudadanos Elsi María Josefina Paredes y José Domingo Berrios, de CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS decretada en fecha 02 de noviembre de 2006.
SEGUNDO: QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron los ciudadanos Elsi María Josefina Paredes de Berrios y José Domingo Berrios, el día cuatro (04) de agosto de Mil Novecientos Setenta y Siete (1977) por ante el extinto Juzgado del Municipio Miranda de la circunscripción Judicial del Estado Trujillo, hoy Juzgado de los Municipios Rafael Rangel, Bolívar, Sucre, Miranda, La Ceiba, Andrés Bello y Monte Carmelo del estado Trujillo, según const.....