D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO, Ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentara el ciudadano ALIRIO DEL CARMEN CAÑIZALEZ, en contra de la ciudadana LEDIS JOSEFINA ROJAS, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo el ciudadano ALIRIO DEL CARMEN CAÑIZALEZ con la ciudadana LEDIS JOSEFINA ROJAS, en fecha OCHO (08) DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO (1.975) por ante la Prefectura del Municipio Valera del Estado Trujillo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFIQUESE A LAS PARTES.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Desp.....