En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MÁXIMO ANTONIO DABOÍN VÁZQUEZ, fallecido ab- intestato en fecha 16 de diciembre de 2005, en la Ciudad de Trujillo, según consta del Acta de Defunción N° 16 , que corre inserta en autos al folio 06 del expediente, expedida por el Delegado del Registro Civil de la Alcaldía del municipio Trujillo del Estado Trujillo, a los ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO DABOÍN ARAUJO, MARÍA ROMELIA DABOÍN ARAUJO, MERCEDES DEL CARMEN DABOÍN ARAUJO, MAGALI COROMOTO DABOÍN ARAUJO, ANDREINA DEL VALLE DABOÍN ARAUJO, RAMONA DEL CARMEN DABOÍN ARAUJO, JOSÉ ARÍSTIDES DABOÍN ARAUJO, JESUS DE LA ENCARNACION DABOÍN ARAUJO, RAQUEL JOSEFINA DABOÍN ARAUJO y MANUEL FELIPE DABOÍN ARAUJO, en su condición de hijos del causante MÁ.....