PRIMERO: Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los ciudadanos: YULMAR COROMOTO FLORES y RAFAEL HUMBERTO VENEGAS CASTELLANOS, anteriormente plenamente identificados, contrajeron en fecha veinticinco (25) de junio de mil novecientos noventa y dos (1992), por ante El Prefecto Civil de la Parroquia El Carmen, Municipio Bocono, del Estado Trujillo, según consta en Acta Nro. 67.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 351, parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, la titularidad de la patria potestad será ejercida por ambos padres; en cuanto a la responsabilidad de crianza es compartida por los progenitores, en cuanto a la custodia del hijo (Se suprimen sus nombres de acuerdo a las previsiones del artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente), corresponderá al padre ciudadano HUMBERTO VENEGAS CASTELLANOS, ya identificado, quien reside con la Abuela paterna y su padre, en el lugar donde fije su residenci.....