DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y especialmente conforme a los artículos citados y demás normas establecidas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana: GONZALEZ DE MEJIA ESPERANZA, ya identificada, para gestionar ante el Departamento de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Trujillo, el cobro de los beneficios que le pueda corresponder a sus hijos (se omite el nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), por la muerte de su padre RAMÓN JOSÉ MEJIA, quien murió en fecha 19 de Marzo de 2.005, según acta de defunción N° 232, expedida por el Jefe del Registro Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo, debiendo ese organismo elaborar y remitir cheque de gerencia a nombre de este Tri.....