DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 28-09-06, entre los ciudadanos EFREN ARMANDO GRATEROL URRECHAGA Y GABRIELA CAROLINA LUQUE GODOY, ante la DEFENSORIA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLECENTES MONS. JOSÉ HUMBERTO CONTRERAS DEL MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO, en donde el padre, aportará la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.250.000,00) mensuales, distribuidos en la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs.125.000,00), en especies, a partir del 29-09-06, y será verificado a través de recibos de pago, de la misma manera se comprometió en cubrir los gastos de medicina, vestido, educación y demás gastos que puedan presentarse los cuales serán compartidos.
SEGUNDO: .....