CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente Demanda interpuesta por el por el ciudadano RICHARD ALEXANDER MARQUINA CHINCHILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.038.944, quién se encuentra representado por el Abogada en ejercicio JESUS A. PEÑA H., inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 77.455, contra el ciudadano RAMON FLORENCIO FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.342.490, por CUMPLIMIENTO DE PRORROGA LEGAL. En consecuencia, se declara:
1. Parcialmente Con Lugar la demanda por CUMPLIMIENTO DE PRORROGA LEGAL.
2. Que el vencimiento de la Prorroga Legal del Contrato de Arrend.....