CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana JUANA JOSEFA ARTIGAS NÚÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.619.320, domiciliada en la ciudad de Valera del Estado Trujillo, asistida por los Abogados en ejercicio CARLOS MUÑOZ NAVA y FELIX ALEJANDRO BONAIUTO, venezolanos, mayores de edad e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 78.118 y 77.632., contra el ciudadano GERARDO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.907.146, domiciliado en esta ciudad de Valera, Estado Trujillo, por DESALOJO DE INMUEBLE, distinguido con el N° 3, ubicado en la Planta Baja del Edi.....