Por todos los razonamiento antes expuestos este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MARÍA ANA GLORIA LAGUNA QUINTERO, venezolana, de cuarenta y un (41) años de edad, soltera, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N°.V- 10.263.362, domiciliada en el Potrero de Las Mesitas, Parroquia General Ribas, Municipio Boconó, Estado Trujillo, contra el ciudadano: LUCAS LAGUNA QUINTERO plenamente identificado en autos.-