Por todos los razonamiento antes expuestos este Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana JANNINA DEL CARMEN MANZANILLA BRICEÑO, en representación de sus hijas OLEIDIMAR DEL CARMEN, OLIMAR DEL CARMEN y YOLIMAR DEL CARMEN DURÁN MANZANILLA, contra el padre de las mismas, ciudadano: JOSÉ OLEGARIO DURÁN VILLEGAS.