DISPOSITIVO
POR LAS RAZONES EXPUESTAS ESTE JUGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN INTERPUESTA por la parte demandante ciudadano EDGAR ENRIQUE CASTELLANOS SULBARAN, venezolano, mayor de edad, ingeniero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.315.872 domiciliado en la ciudad de Valera, Estado Trujillo, a través de su Apoderados Judiciales Abogados VICTOR BARROETA HERNÁNDEZ, inscritos en Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 114.685.SEGUNDO: se Confirma la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 28 de Enero de 2.009. TERCERO: remítase al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo. PUBLÍQUESE Y REGÍST.....