En Audiencia Especial solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; por cuanto para el día 19-11-2012 estaba fijada la Prolongación de la Audiencia Preliminar, las partes solicitan que se realice en el día de hoy; comparece la parte Actora, la ciudadano ALVARO JOSE LAGUNA OCANTO, titular de la cedula de identidad N° 19.794.278, asistido por el Abogado RUBEN DARIO RONDON GRATEROL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 38.886 y por la demandada comparece la empresa FARMATODO C.A, por intermedio de su Apoderada Judicial, Abogada GIKSA CLARET SALAS VILORIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.544, las partes llegan al siguiente acuerdo, la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 15.000,00 la parte actora conviene y acepta. El Tribunal Homologa el acuerdo de las partes.