Visto el escrito presentado por la Ciudadana SANTIAGA HURTADO, asistida por la Abogada INGRID LINARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.77.961 en su condición de Representante Legal de la parte demandada, mediante la cuál solicita "Se notifique a la ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO CASA HOGAR SANTA TERESITA" el Tribunal declara la INADMISIBILIDAD de la solicitud de Intervención de Terceros por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley.