Vista la exposición de la parte oferida de conformidad con lo previsto en el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acatando el criterio Jurisprudencial emanado de la Sala de Casacion Social del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, de fecha 15 de marzo de 2007, caso procedimiento que por oferta real de pago de la empresa LABORATORIO POLICLÍNICA SAN FELIPE, C.A., a favor de la ciudadana MARIANELA ANTONIETA JORDÁN, si lo creyere conveniente, podrá reclamar la diferencia de sus prestaciones sociales por juicio ordinario. Se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega de la libreta de ahorros, a nombre del ciudadano NELSON ANTONIO JEREZ ALARCON, titular de la cédula de identidad No.V- 9.494.770. Ofíciese. Se ordena el archivo definitivo del expediente. Terminó se leyó y la partes al pie de la presente acta conformes firman. Así se decide en Trujillo a los cuatro (04) días de agosto de dos mil n.....