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Decisiones del dia 23/11/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : TP11-L-2010-000459 N° Sentencia : Fecha: 23/11/2010
Procedimiento:
Accidente De Trabajo
Partes:
GUELVIS ALBERTO ALBARRAN DABOIN CONTRA EMPRESA CONSTRUCTORA RB 21, C.A.
Resumen:
Este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY Y EL DERECHO, HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha quince (15) de noviembre de dos mil diez (2010) por las partes; dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 03, Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo y artículo 10 y 11 del Reglamento de la mencionada Ley; por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador. Se ordenara el archivo definitivo del expediente una vez que conste en autos el último pago acordado. Así se decide, en Trujillo a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de dos mil diez (2010). Año 200 de la Independencia y 151 de la Federación. Regístrese y Publíquese.
Juez/Ponente:
Ismelda María Aldana
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : TP11-L-2010-000482 N° Sentencia : Fecha: 23/11/2010
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ERNESTO LAMOS LAMOS CONTRA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEL ESTADO TRUJILLO. (GOBERNACIÓN DEL ESTADO TRUJILLO)
Resumen:
Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, pudiendo la parte actora ejercer el respectivo recurso dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación de la presente o podrá volver a interponer la demanda una vez que transcurran noventa (90) días continuos. Así se decide en Trujillo a los veintitrés (23) días del mes de noviembre de dos mil diez (2010). Año 200 de la Independencia y 151 de la Federación. Regístrese y Publíquese.
Juez/Ponente:
Ismelda María Aldana
Organo:
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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