Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por la SOCIEDAD MERCANTIL RÍAS C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 27/10/1.958, bajo el Nº 20, Tomo 33-A, cuyas últimas reformas estatutarias fueron recogidas en un solo texto inscrito ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 17/01/2.007, bajo el Nº 52, Tomo 3-A662 y publicadas en Gaceta oficial Nº 38.608 de fecha 19/01/2.007, representada legalmente por el ciudadano RICARDO ALFONSO LÓPEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.453.191, en su condición de presidente y.....