Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, actuando como tribunal constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 25, numeral "3" de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano WALTER ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.829.933 domiciliado en el edificio Kuikas, Apartamento Nº 00-05, Bloque 39, Urbanización La Beatriz, Municipio Valera, estado Trujillo, representado judicialmente por el Abg. HENRY JOSÉ BRICEÑO RIVERA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 56.726; contra a JUNTA DE CONDOMINIO DE "RESIDENCIAS KUIKAS". representada legalmente por el ciudadano GILBERTO DIPRETANTONIO, venezolano, mayor de.....