Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, actuando como Tribunal constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 25.3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano ENDER RAMÓN MÁRQUEZ VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.134.260, domiciliado en la Calle Principal, Sector La Cuenta, Casa S/n, Municipio Pampan, estado Trujillo, representado judicialmente por la ABG. ANDREINA ROSARIO PÉREZ SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.652.083 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 141.192, en su condición de Procuradora de Trabajadores del estado Trujillo, contra la EMPR.....