En virtud de todas las anteriores consideraciones este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Con Lugar la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los ciudadanos: JUAN CARLOS DEMEY CORONA Y KELLY CAROLINA PIÑA GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.631.013 Y V-13.485.359, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital. ASÍ SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.....