En consecuencia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se ordena la rectificación del Acta de Nacimiento inserta bajo el Nro 660 de los libros de Registro Civil de nacimientos de 1951, llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Que debe asentarse donde dice: me ha sido presentado en este despacho una niña por ALIRIO MONAGA, debe decir me ha sido presentada una niña por ALIRIO MONOGA que es lo correcto, remítase adjunto a Oficio copia certificada de la solicitud en cuestión, así como de la presente Sentencia a las autoridades civiles correspondientes para que conforme a lo previsto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, estampe la nota respectiva.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los di.....