este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa, a tal efecto DECLINA SU COMPETENCIA a un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien designe el distribuidor de aquel, para que él mismo siga conociendo de la presente Acción de Amparo y demás trámites del proceso. Remítase el presente expediente mediante oficio al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes.- Líbrese oficio y cúmplase lo ordenado. Así se decide.-