Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 01, del Circuito judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, EN PRIMER LUGAR, CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión de que fue objeto el ciudadano: ANULFO RAMON VALERO AZUAJE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-9.736.304, FECHA DE NACIMIENTO 12/08/1962, DE 50, AÑOS DE EDAD, NATURAL DE VALERA, OCUPACIÓN: BUHONERO, EN VLAERA EN LA AVENIDA 10, DOMICILIADO EN: ESCUQUE LAS DELICIAS PARTE ALTA, CASA S/N DE COLOR VERDE CON MARRON, CERCA D ELA BODEGA LA MARACUCHA, CALLE JUDAS TADEO, TELEFONO DEL HERMANO: 0416-1153256 MUNICIOPIO ESCUQUE DEL ESTADO TRUJILLO, por la presunta comisión del delito de: VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, delitos previstos y sancionados en los artículos 42 encabezamiento y segundo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, e.....