PRIMERO: DECRETA la aprehensión del Imputado: JOSE ALEXANDER VASQUEZ FERNANDEZ, identificado plenamente, COMO FLAGRANTE, por considerar que están llenos los requisitos del Articulo 93 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, acogiéndose el Tribunal a la precalificación solicitada por el Ministerio Publico por la comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLOGIOCA y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de Maria Alejandra Infante Castro.
SEGUNDO: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano JOSE ALEXANDER VASQUEZ FERNANDEZ establecida en el artículo 92 numerales 7 y 8 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente Prohibición de Maltratar Física o verbalmente a la víctima Maria Alejandra Infante Castro o acercarse a la victima, pro.....