ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: 1.- SE ADMITE LA ACUSACIÓN en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del Acusado ALBERTO JOSÉ BRICEÑO MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.048.186, Venezolano, fecha de nacimiento 27/09/1973, de 37 años de edad, estado civil soltero, de ocupación u oficio albañil, Hijo de Lorenzo Villarreal y Maria Rivera DOMICILIADO en BARRIO NUEVO, VIA MENDOZA CARMANIA, CASA S/N DE BLOQUE SIN FRISAR DETRÁS DE UNA BODEGA DEL SEÑOR JORGE MUNICIPIO VALERA ESTADO TRUJILLO, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en los artículos 39, 41 Y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de CAPRILES HERNANDEZ LISBETH, igual se admiten los medios probatorios promovidos por ser útiles.....