Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Condena al ciudadano JOSE GREGORIO BLANCO, titular de la cedula de identidad N° 16.351.820, natural de Mérida, de 29 años de edad, nacido en fecha 21/04/1982, casado, ocupación trabajador de una granja de pollos, hijo de aura del Carmen blanco y Luis Antonio Delgado, residenciado en EL SECTOR LA BOMBITA CRRETERA PANAMERICANA CASA S/N A UNA CASA DE LA ESTACIÓN DE SERVICIO, MUNICIPIO BOLIVAR ESTADO TRUJILLO TELEFONO 0416-0880951, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS A ADOLESCENTE, delito previsto y sancionado en el artículo 45 primer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida libre de Violencia en agravio de .........................