DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos éste ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y por autoridad de la Ley acuerda que Verificado el cumplimiento por parte del imputado DAVID DE JESÚS DURAN VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.918.659, de 50 años de edad, soltero, comerciante, residenciado en los Positos de Flor de Patria, Calle Principal, casa sin número, Color ladrillo, Flor de Patria Estado Trujillo, de las condiciones impuestas en decisión de fecha 08/07/2010 de Audiencia de Juicio Oral y Público las cuales fueron "1-Presentación periódica ante éste tribunal cada tres (3) meses contados a partir de la presente fecha. 2-Prohibición expresa de volver a amenazar a la victima, ni a agredir a golpear a la victima ni acercarse de manera hostil y violenta.3 Tanto el acusado como la victima deberán comparecer ante la psiquiatra que los ha venido evaluando este Tribunal considera que tanto el imputado como .....