Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: PROCEDENTE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre los siguientes inmuebles:
• Un Lote de terreno con matas de café y cambur, ubicado en el sitio nombrado "La Veguita del Paraje" "El Infuque", jurisdicción del Municipio Rafael Rangel, Estado Trujillo, alinderado generalmente así: Pie, con porción que fue de Lorenzo Baptista Pérez, separado por piedras clavadas y un árbol de naranjo; un costado, la quebrada San Rafael; Cabecera y otro Costado, terrenos que fueron de Lorenzo Baptista Pérez. Debidamente Registrado por ante Oficina Subalterna Boconó, en fecha 18/01/1943, bajo el N° 18.
• Un terreno, con plantación de café y cambur, ubicado en el sitio "Quevedo", jurisdicción del Municipio San Miguel, Estado Trujillo; cuyos linderos son los siguientes: Cabecera, terr.....