República Bolivariana de Venezuela
En su nombre
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
206º y 157º
Sabana de Mendoza, catorce (14) de Marzo de 2017
Observa este sentenciador que en fecha 05 de Diciembre de 2016, se dictó auto mediante el cual se ordenó librar cartel de citación a los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN GONZALEZ DE HERNÁNDEZ , JOSÉ DEL CARMEN GONZÁLEZ ABREU Y DANIEL ANTONIO HERNÁNDEZ GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números V- 3.270.963, V- 10.033.127 y V- 10.035.720, respectivamente, demandados en la presente causa, observándose que por error material involuntario, en el cartel librado con dicho auto se estampo erróneamente "expediente N° A-0168-2016, DEMANDANTE: MARIELA COROMOTO MATHEUS ABREU, MOTIVO REIVINDICACIÓN", no correspondiendo dichos datos a esta causa.
En atención a lo antes expuesto es necesario traer a colación lo que señala con relación a la reposición de la causa los artículos 206.....