Visto el Desistimiento del procedimiento instaurado por la parte accionante, en fecha 26 de Junio de 2014, cursante al folio 92, así como la confirmación a dicho desistimiento, formulado por la parte demandada, en fecha 05 de Noviembre de 2014, cursante al folio 99 del presente expediente, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los Artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicho Desistimiento, y se procede como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, en tal sentido, se ordena el Archivo definitivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial de esta ciudad en su oportunidad, Y ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ
A.....