DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio formulada por los ciudadanos: Fanny Coromoto Carrillo de Vásquez y Pedro José Vásquez Ángel, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad números 13.925.585 y 14.780.962, respectivamente.
SEGUNDO: QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los mismos habían contraído en fecha 25 de marzo del año 2000, como se puede evidenciar en el acta Nº 03, y que se encuentra inserta en el libro de Matrimonios llevado por la Oficina de Registro Civil del Municipio Pampán del Estado Trujillo.
TERCERO: Déjese por secretaría copia certificada del fallo, conforme a lo dispue.....