DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano WU ZHU JIE, titular de la Cédula de Identidad No. 17.308.442, por la comisión del delito de Especulación, previsto y sancionado en el artículo 21 del decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Defensa Popular Contra Acaparamiento, La Especulación, El Boicot y cualquier otra conducta que afecte el consumo de los Alimentos o Productos sometidos al Control de Precios. conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda seguir el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme a lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se le impone MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA .....