este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana CAROLINA DE ESTEFANI CARIELES ya identificada, para tramitar ante el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas (IPSFA) el cobro de utilidades, prestaciones sociales, pensión, caja de ahorro, fideicomiso, ley de política habitacional, seguro social, pensión del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas (IPSFA), póliza de vida y complementaria por ante la empresa Seguros Horizonte y demás beneficios que le correspondan al ciudadano JUSTO HILDEMAR FIGUEREDO PERDOMO.