ASI SE DECIDE.
En mérito de las consideraciones arriba expuestas, éste Juzgado de Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los cónyuges PEDRO JOSE MENDOZA SOSA y LICET CAROLINA MELENDEZ LOPEZ, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, Prefectura del Municipio Torres, del Estado Lara, en fecha 10/09/2009, según Acta Nº 143, llevados en los libros de Matrimonios Civiles de dicho despacho.