Por todo lo antes expuesto; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la medida cautelar de suspensión de efectos en contra de Providencia Administrativa No. 070-2015-271 de fecha 10/12/2015, dictado por la Inspectoría del Trabajo del estado Trujillo con sede en la ciudad de Valera, contenida en el expediente No. 070-2015-01-00712; solicitada por la Abogada KARLA ALEJANDRA DUNN DIAZ, Inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 216.961, Apodera Judicial de la UNIVERSIDAD VALLE DEL MOMBOY. Publíquese y Regístrese.