DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional contra sentencia, incoada por la abogada NEYDA PADILLA COLMENÁREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.), bajo matrícula Nro. 58.938, en su carácter de apoderada judicial de la Empresa "INVERSIONES TEMPLE, C.A.", inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 02 de noviembre de 1989, bajo el Nro. 17, expediente Nro. 0000016346, Rif J-085318569, contra la sentencia de fecha diez (10) de septiembre del 2021, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lar.....