Se autoriza a la ciudadana BERKIS ELENA PEÑA de CEGARRA, ya (identificada), para que en nombre y representación de su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), gestione el cobro de la cuota parte que le corresponde por concepto de pensión de sobreviviente por ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, pensión de jubilación, Prestaciones sociales por ante el Ministerio del Poder Popular para la Salud y cualquier otro beneficio que le pueda corresponder, quedante al fallecimiento del extinto PEDRO SEGUNDO CEGARRA