este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada en el presente caso. Asimismo, en acatamiento de lo dispuesto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 1175 de fecha 23 de noviembre de 2010, se ordena notificar por medio de boleta al Juez inhibido abogado BELTRAN DE JESUS SANTIAGO PAREDES. Líbrese el oficio y entréguense al alguacil de este Tribunal, para que haga entrega de los mismos dentro de las 24 horas siguientes. Cumplase.-
Regístrese, cópiese y remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal de origen. Anótese su salida.
La Jueza Temporal,
Abg. Gina Maria Ortega Araujo
La Secretaria Accidental
Abg. Mary Trini Godoy
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, registrándose la decisión a las once horas y treinta minutos de la mañana (11:30a.m).
La Secretaria Accidental
Abg. .....