III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de desconstitución o disolución del hogar legítimamente constituido, planteada por los ciudadanos GUSTAVO DOMINGUEZ LIMONCHI, SALOMÓN DOMINGUEZ CURIEL, ROSA LIMONCHI de DOMINGUEZ, JUAN DOMINGUEZ LIMONCHI, RICARDO DOMINGUEZ LIMONCHI y ELEONORA DOMINGUEZ de GARCÉS, ut supra identificados, sobre una casa quinta propiedad de los constituyentes con el respectivo terreno, ubicada en la urbanización Las Acacias, calle 27 de la ciudad de Valera, en jurisdicción de la Parroquia Juan Ignacio Montilla, Municipio Valera del Estado Trujillo, alinderada así: Norte, que es su fondo, en 26 mts., con propiedad que es o fue de Pedro Pacheco Labastidas; Sur, q.....